|
|
|
|
|
BAIX
VINALOPO
|
|
|
|
|
El
litoral del Baix
Vinalopó,
comarca de la provincia
de Alicante formada por
los municipios de Elche,
Santa Pola y
Crevillente, es una
franja de costa
mediterránea de
aproximadamente 30 kmts.
de longuitud
extendiéndose
desde la playa de Agua
Amarga en el norte,
hasta la desembocadura
del rio Segura en el
sur.
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
MONOGRAFICOS
|
REFUGIO DE CAZA DEL CLOT DE
GALVANY
|
|
|
|
RESOLUCIÓN
de 29 de agosto de 2002, de la
Dirección General de
Planificación y Gestión del
Medio por la que se declara Refugio de
Caza, con la denominación de
Estación Biológica del
Paraje del Clot de Galvany en el
término Municipal de Elx.
[2002/11093] Vista la solicitud
formulada por el Ayuntamiento de Elx,
recogiendo el Acuerdo de la
Comisión Municipal de Gobierno de
11 de junio de 1999, en la que se solicita
que se declare como refugio de caza, bajo
la denominación de "Estación
Biológica" el paraje del Clot de
Galvany de dicho término municipal.
Visto la memoria que acompaña dicha
solicitud, en la que se ponen de
manifiesto las circunstancias de
índole científico y
educativo que justifican dicha
declaración, acompañadas de
los avales de centros de
investigación y entidades
conservacionistas. Visto el informe
emitido por los servicios territoriales de
la Consellería de Medio Ambiente de
Alicante, en el que se detallan los
valores naturales de la finca en
cuestión y se precisa el
carácter de terreno
cinegético de aprovechamiento
común. Vista la propuesta del
Servicio de Conservación y
Gestión de la Biodiversidad
perteneciente a la Dirección
General de Planificación y
Gestión del Medio de la
Consellería de Medio Ambiente.
Visto el Informe de la D.G. de
Enseñanzas Universitarias e
Investigación de la
Consellería de Cultura,
Educación y Ciencia. Realizado el
trámite de audiencia con los
propietarios de las fincas afectadas y
especialmente con el Ayuntamiento de Elx.
Al amparo del artículo 11 de la Ley
1/1970, de 4 de abril, de Caza y del
artículo 12 de su reglamento. En
uso de las facultades que tengo
atribuidas, resuelvo:
|
|
Artículo
1 Declarar Refugio de Caza con la
denominación de "Estación
Biológica del Clot de Galvany" los
terrenos incluidos dentro de los
límites especificados descriptiva y
cartográficamente en los Anexos de
la presente resolución, situados en
el término municipal de Elx, con
una superficie total de 205
hectáreas.
|
|
Artículo
2 1. En este Refugio de Caza, y con el
fin de asegurar la conservación de
las especies de fauna, estará
prohibido, permanentemente, el ejercicio
de la caza.
|
|
2. No obstante,
cuando existan razones de orden
biológico, técnico o
científico que aconsejen la captura
o reducción de determinados
ejemplares, el director de los servicios
territoriales de la Consellería de
Medio Ambiente de Alicante, previo informe
técnico del Servicio de
Conservación y Gestión de la
Biodiversidad, podrá conceder la
oportuna autorización y fijar las
condiciones aplicables en cada
caso.
|
|
3. En el
enclavado descrito en el Anexo I, dado que
no poseen la superficie mínima para
el ordenado ejercicio de la actividad
cinegética, estará
permanentemente prohibida la
caza.
|
|
Artículo
3 La administración y
gestión del Refugio de caza
corresponde de forma conjunta al
Ayuntamiento de Elx y a la
Consellería de Medio Ambiente. A
estos efectos se crea una Comisión
de Seguimiento que estará integrada
por 3 representantes del Ayuntamiento de
Elx y 3 representantes de la
Consellería de Medio Ambiente.
Dicha Comisión se reunirá,
al menos, una vez al
año.
|
|
Artículo
4 Los terrenos cinegéticos que
se califican como Refugio de Caza se
señalizarán con las
tablillas correspondientes, según
el modelo establecido en la
Resolución de 26 de abril de 1988,
de la Consellería de Agricultura y
Pesca.
|
|
DISPOSICIÓN
FINAL
|
|
La presente
resolución entrará en vigor
el día de su publicación en
el Diari Oficial de la Generalitat
Valenciana. Contra la presente
resolución, que no pone fin a la
vía administrativa se podrá
presentar un recurso de alzada ante el
conseller de Medio Ambiente en el plazo de
un mes desde el día siguiente al de
su publicación, de acuerdo con lo
dispuesto en los artículos 114 y
115 de la Ley 4/1999 de
modificación de la Ley 30/1992, de
26 de noviembre, de Régimen
Jurídico de las Administraciones
Públicas y del Procedimiento
Administrativo Común.
|
|
|
|
Valencia, 29
de agosto, 2002.- La directora general de
Planificación y Gestión del
Medio: Paloma Gómez
Ossorio
|
|
|
|
ANEXO
I
|
|
Delimitación
del refugio de caza (estación
biológica) del Clot de
Galvany
|
|
Siguiendo el
sentido de giro de las agujas del
reloj:
|
|
Desde el punto en
el que interseccionan el linde sur de la
parcela catastral 10 de polígono
129, con el Deslinde del Dominio
Público Marítimo-Terrestre,
sigue por dicho linde de parcela en
dirección O hasta llegar al
límite entre los T. M. d'Elx y
Santa Pola, continúa en
dirección ONO por el linde entre
dichos términos, siguiendo primero
el Camino del Cabo de Santa Pola y
después, tras cruzar la av. de S.
Bartolomé de Tirajana, por el
Camino del Carabassí. Deja el
citado camino para seguir en
dirección N por el límite
del Monte de la Generalitat del Carabassi
i Cabeçó (AL-1034). Deja
después este lindero para seguir un
camino forestal incluido en el citado
monte que discurre en dirección
NNE, deja este camino para continuar por
otro en dirección ESE. A
continuación sigue de nuevo el
linde del mismo monte de la Generalitat,
discurriendo después en
dirección SSE por varios caminos
rurales y forestales, incluidos en su
mayor parte dentro del Monte del Carabassi
i Cabeçó. Posteriormente
abandona dichos caminos para seguir en
línea recta en dirección SSO
hasta interseccionar con la carretera
asfaltada que enlaza con la av. Costa
Blanca. Desde allí sigue el linde
de la propiedad municipal en
dirección SE. Luego continua en
dirección E, hasta cruzar la av. de
S. Bartolomé de Tirajana, desde
donde sigue en dirección S el
Deslinde del Dominio Público
Marítimo-Terrestre hasta llegar de
nuevo al linde sur de la parcela 10. Queda
excluida del Refugio de caza la parcela 33
del polígono 128 del catastro del
T.M. d'Elx.
|
|
|
|
|
|